Evelyn Rojas
DERECHO
CONCURSAL
Es una disciplina jurídica conformada por un conjunto de normas jurídicas
que buscan regular la situación del deudor insolvente en base al principio de
dar conditio creditorum y que a su vez, busca regular los procedimientos que
tengan por objeto, bien conservar, o bien liquidar el patrimonio de dicho
deudor que esta vinculado a sus acreedores. El derecho concursal no solo debe
verse desde el punto de vista procedimental, sino que este guarde relación con
el derecho sustantivo, en asuntos penales y administrativos.
De modo que, en el derecho concursal existen normas sustantivas y
adjetivas, que buscan conservar y proteger el patrimonio del comerciante que ha
incurrido en mora, con ello se busca repartir dichos bienes en forma
proporcional, entre los acreedores que se hagan parte en el proceso de atraso
correspondiente.
EL
PROCEDIMIENTO DEL DERECHO CONCURSAL.
LAS
EJECUCIONES SINGULARES Y COLECTIVAS
En el derecho concursal los procedimientos ejecutivos se caracterizan por
ser generalmente de ejecución colectiva, en ello difiere de otros sistemas de
ejecución, los cuales son esencialmente individuales o singulares.
En ese sentido, una de las Características de los procedimientos de
ejecución colectiva, es que se inician por la existencia de un deudor, el cual
no se haya en capacidad de honrar sus obligaciones y por ello se encuentra en
estado de insolvencia. En estos procedimientos, todos los acreedores concurren
a solicitar la satisfacción de su crédito en igualdad de condiciones, a menos
que la Ley de
manera expresa establezca algún privilegio.
En consecuencia, el deudor queda apartado de la administración de sus
bienes, a menos que sus acreedores o la propia Ley lo faculte para continuar al
frente de sus negocios. De manera que todo el patrimonio del comerciante deudor
queda afectado al proceso concursal.
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